SUBSIDIO POR ENFERMEDAD PROLONGADA: A partir que l@s empleador@s hayan dado cumplimiento total al pago de salarios por enfermedad y/o accidente inculpable de acuerdo a los plazos que establece la
L.C.T. y comunicado fehacientemente a l@ trabajador@ el inicio del período de reserva de empleo, el Sindicato abonará mensualmente 24 jornales de su categoría del
C.C.T. correspondiente, de acuerdo a la antigüedad como afiliad@ al S.T.I.P.A. y con o sin carga de familia, los plazos que se detallan a continuación, previa presentación del carnet de afiliad@, del mencionado comunicado de reserva de empleo y del certificado de l@ médic@ tratante que exprese claramente la imposibilidad de l@ trabajador@ de trabajar:
ANTIGÜEDAD COMO AFILIAD@
- Hasta 5 años
- De 6 a 10 anos
- De 11 a 20 años
- De 21 años en adelante
|
CON CARGA DE FAMILIA
hasta 6 meses de salarios hasta 8 meses de salarios hasta 10 meses de salarios hasta 12 meses de salarios |
SIN CARGA DE FAMILIA
hasta 3 meses de salarios hasta 4 meses de salarios hasta 5 meses de salarios hasta 6 meses de salarios |
SUBSIDIO POR FALLECIMIENTO:
Este beneficio corresponde por fallecimiento de l@ titular,
Su madre y/o padre, sus hij@s y cónyuge. Y en caso de afiliad@s solter@s herman@s hasta los 14 años.
POR NACIMIENTO:
El Consejo Ejecutivo dispone integrar al Plan el otorgamiento gratuito de un ajuar, por cada nacimiento, acreditado con la certificación correspondiente.
4.POR ESCOLARIDAD:
Entrega
de 2 guardapolvos y una mochila conteniendo 2 cuadernos para el ciclo escolar
primario de 1° a 3° grado.
Entrega de 2 guardapolvos y una mochila conteniendo
2 repuestos de hojas rayadas n°3 y 2 repuestos de hojas cuadriculadas n° 3
para el ciclo escolar primario de 4° a 7° grado.
"La entrega del beneficio se realizarádesde el 18 de febrero al 27 de marzo de 2013 en el horario de 10 a 18 hs"